Normas Tatuajes en el Ejército

Normativa Tatuajes en el Ejército

Frecuentemente nos encontramos con preguntas en relación a uno de los requisitos de acceso, tales y como las que siguen: Quiero ser militar, pero tengo algún tatuaje. ¿Puedo presentarme a las pruebas? ¿Cuáles debes eliminar y cuáles no?

En su día, publicamos el post Normas sobre Tatuajes en las Fuerzas Armadas (enlace), haciendo referencia a la convocatoria de Tropa y Marinería 2018, publicada en el Boletín Oficial del Estado BOE núm 141 de 11 de junio de 2018.

En relación a este asunto que interesa a muchos futuros opositores, os dejamos el enlace a una nota de prensa del Ministerio de Defensa del 9 de julio de 2018:

<<Defensa modificará las bases de acceso a las Fuerzas Armadas para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en la uniformidad>> (leer nota de prensa).

De ella se desprende que en las bases de las nuevas convocatorias, indicarán expresamente que “los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares no serán visibles vistiendo el uniforme de las Fuerzas Armadas común para la mujer y el hombre”, dado que el uniforme femenino es opcional para la mujer. Ello evitará que una mujer, en el caso de tener un tatuaje o similar que sea sólo visible con el uniforme en su modalidad exclusivamente femenina, pueda ser excluida en los procesos selectivos de acceso a las Fuerzas Armadas.

Nuevos Grupos Preparación Tropa y Marinería: inicio 1 de octubre

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Normas Tatuajes en las Fuerzas Armadas

Normativa Tatuajes en el Ejército

Frecuentemente nos encontramos con preguntas en relación a uno de los requisitos de acceso, tales y como las que siguen: Quiero ser militar, pero tengo algún tatuaje. ¿Puedo presentarme a las pruebas? ¿Cuáles debes eliminar y cuáles no?

Acorde al apartado 3.3.i) del punto 3 de la convocatoria de Tropa y Marinería 2018, publicada en el Boletín Oficial del Estado BOE núm 141 de 11 de junio de 2018:

Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición, utilización y uso se recoge en la Orden DEF 1756/2016 de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.

De interés: Defensa plantea cambios en la normativa sobre tatuajes •

Antes de hacerte un tatuaje, lee ésto:

  1. Los tatuajes visibles pueden cerrar puertas para opositar a diferentes cuerpos policiales o militares.
  2. Muchos tatuajes no quedan como quisiéramos y una vez acabado, no es lo que esperabas. De joven, te haces tatuajes de los que puedes llegar a arrepentirte con mayor edad.
  3. ¿Cuántas sesiones necesitarás para eliminarlo? Dependerá del tiempo que tenga el tatuaje, de si es en tinta negra o en otros colores, de la densidad/ volumen de pigmento, etc.

Infanteria de Marina

Operaciones Especiales

La Unidad de Operaciones Especiales (UOE)Unidad de Reconocimiento (URECON) es una unidad reducida pero altamente especializada, cuyos miembros, antes de poder pasar a formar parte de ella, han de superar un exigente adiestramiento en técnicas especiales de combate, paracaidismo y buceo. Su historial es breve, perointenso.

Video: un cabo primero nos habla sobre las operaciones especiales de Infantería de Marina.

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