Normativa Tatuajes en el Ejército
Frecuentemente nos encontramos con preguntas en relación a uno de los requisitos de acceso, tales y como las que siguen: Quiero ser militar, pero tengo algún tatuaje. ¿Puedo presentarme a las pruebas? ¿Cuáles debes eliminar y cuáles no?
En su día, publicamos el post Normas sobre Tatuajes en las Fuerzas Armadas (enlace), haciendo referencia a la convocatoria de Tropa y Marinería 2018, publicada en el Boletín Oficial del Estado BOE núm 141 de 11 de junio de 2018.
En relación a este asunto que interesa a muchos futuros opositores, os dejamos el enlace a una nota de prensa del Ministerio de Defensa del 9 de julio de 2018:
<<Defensa modificará las bases de acceso a las Fuerzas Armadas para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en la uniformidad>> (leer nota de prensa).
De ella se desprende que en las bases de las nuevas convocatorias, indicarán expresamente que “los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares no serán visibles vistiendo el uniforme de las Fuerzas Armadas común para la mujer y el hombre”, dado que el uniforme femenino es opcional para la mujer. Ello evitará que una mujer, en el caso de tener un tatuaje o similar que sea sólo visible con el uniforme en su modalidad exclusivamente femenina, pueda ser excluida en los procesos selectivos de acceso a las Fuerzas Armadas.
Nuevos Grupos Preparación Tropa y Marinería: inicio 1 de octubre